julio 25, 2014

Octavo informe, más de 700 notificaciones desde que iniciamos la recogida de incidencias

Representantes del Observatorio para del Derecho a la Salud se reunieron, hace unas semanas, con los miembros de la Sindicatura de Greuges con el objeto de transmitirles la situación que ha producido en la Comunitat Valenciana la aplicación del Real Decreto-ley 16/2012 que modificó el sistema sanitario público y la ineficacia del Programa Valenciano de Protección a la Salud (PVPS) que intentaba restituir la asistencia sanitaria en algunos casos.

La Síndica de Greuges en funciones, Emilia Caballero, se mostró “preocupada por el número de ciudadanos residentes en la Comunitat que quedan excluidos del sistema sanitario y de la falta de medidas por parte de la administración valenciana para paliar las consecuencias”, algunas de salud pública difíciles de evaluar. Asimismo, Caballero animó a los representantes del Observatorio a coordinar la presentación de quejas ante la Sindicatura, en función de los distintos supuestos que afectan a los ciudadanos residentes en la Comunitat Valenciana.

El informe que se presentó a los miembros del Síndic de Greuges es una recopilación de los datos que constan en el registro de incidencias del Observatorio desde noviembre de 2012, de cuyo análisis se desprende que:


  • Se han recibido 718 notificaciones, de las que 120 corresponden al último trimestre. Este incremento se justifica por la mayor participación de las entidades y la escasa difusión que está teniendo el PVPS.
  • Se han recogido 79 casos de menores desatendidos (en el último trimestre 18), en centros sanitarios públicos, pese a que la normativa vigente mantiene el derecho a la asistencia sanitaria para los menores de edad. 
  • Un 29% de los casos los produce la exigencia del compromiso de pago de la asistencia o de la falta de acceso al tratamiento por razones económicas.
  • Dos de cada tres casos corresponden a personas que no superan la barrera administrativa, no llegan a ser evaluados directamente por personal sanitario.
  • Una de cada cuatro personas afectadas es ciudadano/a de la Unión Europea, mayoritariamente procedentes de Rumania.
  • La exigencia de firma de un compromiso de pago previo a la asistencia y la facturación, sigue siendo un elemento disuasorio para algunos pacientes. Especialmente para quienes tramitan su permiso de residencia temporal. Su consecuencia es la autoexclusión de pacientes que, incluso afectados por problemas graves, ni siquiera buscan atención sanitaria. Se trata de un fenómeno muy preocupante, cuya magnitud es difícil de evaluar.
Para los integrantes del Observatorio –casi 70 entidades de la sociedad civil valenciana– las consecuencias del Real Decreto que reformó el acceso al Sistema Nacional de Salud son:
  1. Exclusión sanitaria. El Secretario Autonómico de la Conselleria de Sanitat confirmó en un foro organizado por ODUSALUD que, de las 78.000 personas a quienes se retiró la tarjeta sanitaria en 2012, sólo 4000 han recuperado su derecho a la asistencia sanitaria a través de Programa Valenciano de Protección de la Salud. 
  2. Los ciudadanos de la Comunitat Valenciana excluidos de este derecho se han visto privados de diagnósticos, tratamientos y cuidados adecuados o incluso imprescindibles para su supervivencia, su curación o el mantenimiento de su calidad de vida.
  3. La ausencia de información claramente comunicada en diferentes territorios e instituciones han propiciado variabilidad de interpretación de la normativa actual por parte de los trabajadores y trabajadoras del sistema de salud. Esta deliberada falta de información de las autoridades sanitarias ha generado que las personas afectadas optaran por alejarse del sistema sanitario, ante la sospecha de que se denegaría su asistencia o que se les facturaría en caso de que se les prestara. Esta situación ha impedido la continuidad de la asistencia y la prescripción de medicación en casos de enfermedades graves o con riesgo desde el punto de vista de la salud pública.
  4. Algunos colectivos (niños, mujeres embarazadas, ciudadanos comunitarios...) para los que el propio RD 16/2012 mantenía el derecho a la asistencia, son excluidos de la asistencia sanitaria en determinadas ocasiones.